ARTICULO 61 . Forma de disponer destinaciones, traslados y comisiones. Las destinaciones, traslados y comisiones del personal de oficiales, suboficiales y personal del nivel ejecutivo de la Policía Nacional, se dispondrán en la siguiente forma
Por decreto del Gobierno
Destinaciones y traslados para Oficiales Generales en todos los casos.
Comisiones al exterior para Oficiales Generales y Coroneles superiores a noventa (90) días.
Comisiones en el exterior superiores a noventa (90) días, para oficiales generales y coroneles.
Comisiones dentro del país mayores de noventa (90) días, para oficiales generales.
Comisiones para oficiales a partir del grado de Coronel, en la administración pública o entidades oficiales o privadas.
Por resolución ministerial
Destinación y traslados para oficiales en los grados de coronel y teniente coronel, que desempeñen cargos que conlleven jurisdicción y competencia de acuerdo con el Código Penal Militar, o en todos los casos que no se requiera decreto.
Comisiones al exterior, a partir del grado de coronel, menores a noventa (90) días.
Comisiones al exterior para oficiales hasta el grado de teniente coronel, suboficiales, personal del nivel ejecutivo, alféreces y cadetes.
Comisiones en el exterior, a lugares diferentes al país sede, hasta noventa (90) días.
Comisiones en el país para Oficiales Generales superiores a veinte (20) días y no mayores de noventa (90) días.
Comisiones en el país para oficiales superiores, en reparticiones militares.
Comisiones para oficiales hasta el grado de teniente coronel, suboficiales y personal del nivel ejecutivo en la administración pública o entidades oficiales o privadas.
Por orden administrativa de la Dirección General de la Policía Nacional
Destinaciones y traslados de oficiales subalternos, suboficiales y personal del nivel ejecutivo.
Comisiones en el país para oficiales generales hasta por veinte (20) días.
Comisiones en el país inferiores a noventa (90) días para oficiales superiores.
Comisiones en el país para oficiales subalternos, suboficiales, personal del nivel ejecutivo, alféreces y cadetes.
Por Orden del Día de los Comandos de Departamento o de las Direcciones de Escuela: Comisiones en el país de oficiales, suboficiales y personal del nivel ejecutivo del respectivo departamento o escuela, dentro o fuera de su jurisdicción, hasta por diez (10) días.