El Gobierno Nacional determinará el plazo para que los Cuerpos de Bomberos existentes en el país, se ajusten a las disposiciones de la presente Ley y a los reglamentos que expida la Junta Nacional de Bomberos de Colombia.
Ley 322 de 1996 →Vigente
Artículo 35
Ley 322 de 1996 · por la cual se crea el Sistema Nacional de Bomberos de Colombia y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.