Definese como grave motivo de de utilidad pública, de acuerdo con el artículo 5º del Acto Legislativo número 3 de 1910, el establecimiento de campos de aterrizaje por cuenta de la Nación, de los Departamentos y de los Municipios.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.