Contadas y recogidas las papeletas que se procederá a hacer el escrutinio de los votos, el cual se practicará por dos de los miembros del Jurado}, que llevarán el registro del número de votos emitido a favor de cada candidato. Otro de los miembros del Jurado abrirá y leerá}, una por una, en voz alta, las papeletas, y las mostrará a los que van anotando el resultado.
Si no hubiere en el Jurado dos individuos suficientemente aptos para llevar al registro, se podrá hacer el nombramiento en personas de fuera de su seno, pero se les exigirá juramento de cumplir su cargo.
Si algunos de los particulares quisieren llevar registro del escrutinio, se les admitirá y facilitará el hacerlo, con tal que no turben el acto o lo dificulten notablemente.