El Banco Central Hipotecario concederá préstamos de amortización gradual hasta con veinte (20) años de plazo e interés del 7% anual, a los damnificados por el incendio ocurrido en Quibdó el 27 de octubre de 1966, con el objeto de atender a la construcción de nuevas viviendas y edificaciones comerciales que sustituyan las afectadas o destruidas.
La cuantía individual de los créditos de que trata este artículo estar limitada a la suma necesaria para sustituir los bienes raíces afectados, y no podrá exceder del 80% del valor de la nueva edificación.