°. Reconocimiento como deuda pública. Reconózcase como deuda pública el valor de las acreencias por concepto de los servicios y tecnologías no financiados con recursos de la UPC indicados en el literal c) del artículo 73 de la Ley 1753 de 2015 certificados por la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES), hasta por la suma de doscientos veintidós mil seiscientos cincuenta y tres millones ochocientos cuarenta y tres mil cuatrocientos sesenta y ocho pesos con cinco centavos ($222.653.843.468,05) moneda corriente.
Decreto 1350 de 2019 →Vigente
Artículo 1
Reconocimiento Como Deuda Pública
Decreto 1350 de 2019 · Por el cual se reconoce como deuda pública y se establecen las disposiciones para el pago del valor de las acreencias por concepto de los servicios y tecnologías no financiados con recursos de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) indicados en el parágrafo tercero del artículo 237 de la Ley 1955 de 2019.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.