Art. 11 Los depósitos que según esta Ley deban hacerse en la Tesorería general no ganarán interés alguno y se mantendrán á la orden del Juez de la causa para disponer su entrega de acuerdo con la liquidación de herencia, de la que se dará conocimiento al Ministerio de Relaciones Exteriores.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.