Micelio

Artículo 1

Ley 102 de 1923 · Por la cual se reforman algunos numerales de la Tarifa de Aduanas y se modifican varias disposiciones sobre este ramo

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los objetos comprendidos en los numerales de la Tarifa de Aduanas (Ley 117 de 1913), que en seguida se mencionan, pagaran por derechos de importación las cuotas que a continuación se expresan: Impuesto por Kilos95.Fósforos de cerilla$1 7096.Fósforos de palito1 42219.Aguardientes3 ..225.Gotas amargas (bitters), amargos y semejantes.16256.Botellas vacías como para kola, bebidas gaseosas, cervezas, etc.2264.Envases no mencionados1 50815.Pólvora gruesa para minas, negra, blanca o de clorato30984.Cuchillos de punta con mango de cuero, cuerno, hueso, hasta de diez pulgadas de longitud inclusive el mango601028.Navajas para bolsillo y para afeitar11045.Tijeras no designadas1

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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