Evaluación de la regulación Las entidades señaladas en el numeral 1 del artículo 2.1.2.1.3. del presente Decreto deberán revisar de forma sistemática y periódica el inventario de la regulación, a fin de asegurar que las regulaciones estén actualizadas, justifiquen sus costos y sean eficientes, eficaces, simples y consistentes con los objetivos planteados. Para tal efecto, aplicarán, entre otras herramientas, la racionalización de trámites, la depuración normativa y la evaluación ex post.
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