Micelio

Artículo 2

º

Decreto 50 de 1997 · por el cual se fija la escala de asignación básica para los empleos de la Fiscalía General de la Nación y se dictan otras disposiciones en materia salarial.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Las asignaciones básicas mensuales y los porcentajes del salario mensual que tienen el carácter de gastos de representación para efectos fiscales de los funcionarios a que se refiere el artículo 1º, serán los siguientes

a)

Para los Directores Nacionales, Secretario General, los Fiscales ante la Corte y los Directores Regionales de la Fiscalía el sesenta y cuatro por ciento (64%) del salario mensual tendrá el carácter de gastos de representación;

b)

Para los Fiscales Regionales, los Directores Seccionales y los Jefes de Oficinas de la Fiscalía el cincuenta por ciento (50%) del salario mensual tendrá el carácter de gastos de representación;

c)

Para los Fiscales Seccionales y Locales, el veinticinco por ciento (25%) del salario mensual tendrá el carácter de gastos de representación;

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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