Adjudicación de un Bien o Servicio: Toda adjudicación debe realizarse dentro de la asamblea. Los resultados de estas adjudicaciones deberán ser comunicados a los Resoluci�n Firma Digital 2025-01-149411 suscriptores beneficiados con adjudicación y publicados en la página web de las SAPAC, así como en la cartelera del domicilio principal, sucursales y agencias y, demás canales oficiales de comunicación que esta utilice. Las SAPAC deberá informar al suscriptor adjudicado los requisitos que debe cumplir y las garantías que debe otorgar para recibir el bien o servicio correspondiente, las cuales no podrán ser adicionales a las informadas al Circular externa momento de la celebración del contrato. Cuando un suscriptor dentro de un mismo grupo salga favorecido por sorteo, por oferta o por sistema de incentivos, prevalecerá la adjudicación por sorteo.
Artículo 8.28.2
Circular 100-000020 de 2026 · Circular Externa 100-000020 de 2 de julio de 2026
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.