Micelio

Artículo 14

Nuevo

Ley 1735 de 2014 · por la cual se dictan medidas tendientes a promover el acceso a los servicios financieros transaccionales y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Adiciónese el numeral 9 al artículo 110 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, el cual quedará así:

"9. Inversiones en sociedades especializadas en depósitos y pagos electrónicos. Las sociedades de servicios financieros podrán participar en el capital de sociedades especializadas en depósitos y pagos electrónicos, para lo cual les serán aplicables en lo pertinente, las demás disposiciones que regulen esta materia y los lineamientos que para el efecto establezca el Ministerio de Hacienda y Crédito Público".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 1735 de 2014