Micelio

Artículo 8

Ley 72 de 1896 · por la cual se auxilian algunas vías de comunicación

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Destínase del Tesoro Nacional la suma de quince mil pesos ($15,000) para la composición del camino de Bogotá á Villavicencio, pasando por Chipaque, Cáqueza y Quetame.

Esta suma se entregará á la Gobernación del Departamento de Cundinamarca y se considerará incluída, como las demás á que se refiere la presente Ley, en los Presupuestos de la vigencia próxima.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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