Decreto 3216 de 1950 · por el cual se abren unos créditos adicionales -suplementales y extraordinarios- al Presupuesto vigente (Ministerio de Relaciones Exteriores, Hacienda y Crédito Público, de Comercio e Industrias y Departamento de Contraloria).
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Con base en los nuevos recursos fiscales de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales -suplementales y extraordinarios- al Presupuesto de Gastos vigente:
MINISTERIO DE' RELACIONES EXTERIORES
Capítulo 9°
MINISTERIOS DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
(Servicio ordinario)
Capítulo 28
MINISTERIO DE COMERCIO E INDUSTRIAS
Capítulo 72
DEPARTAMENTO DE CONTRALORIA
Capítulo 123.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.