Condiciones financieras. La línea de redescuento con tasa compensada tendrá las siguientes condiciones: MONTO DE LA LINEA $ 200.000 MILLONES DE PESOS MONTO DEL SUBSIDIO $ 11.688 MILLONES DE OESOS BENEFICIARIOS INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR PÚBLICAS V PRIVADAS USOS LIQUIDEZ V CAOITAL DE TRABAIO PLAZOS TASA HASTA 5 AÑOS V HASTA 2 AÑOS DE PERÍODO DE ORACIA A CAPITAL IBR+2% M. V. GARANTIAS ADMISIBLES E IDÓNEAS EN EL EVENTO EN QUE SE SOLICITE SU CONSTITUCIÓN
La Financiera de Desarrollo Territorial, S.A. Findeter acordará con el Ministerio de Educación, mediante la suscripción de un convenio interadministrativo, las condiciones específicas de la respectiva línea de redescuento con tasa compensada, así como las demás condiciones de la operación y requisitos necesarios para su implementación; el convenio deberá ser suscrito dentro del mes siguiente a la expedición del presente decreto.