Ley 23 de 1946 · sobre autorizaciones al Gobierno en relación con las obras portuarias de Tumaco
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
El servicio de las obligaciones que contraiga el Gobierno en la ejecución de la presente Ley será garantizado, además, con el producto de la propia obra que va a realizarse.
El excedente del producto, deducidos los gastos mencionados, ingresará al Tesoro Nacional.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.