Seguridad Interna . Es un aspecto de la seguridad nacional que se define como la garantía que ofrece el Estado a sus asociados, para lograr y mantener los objetivos nacionales a partir de acciones políticas, económicas, sociales y militares, que permitan identificar, prevenir, neutralizar y superar los factores internos de desestabilización, así como aprovechar aquellas oportunidades que sean convenientes para alcanzar el bienestar de la sociedad.
Decreto 643 de 2004 →Vigente
Artículo 35
Seguridad Interna
Decreto 643 de 2004 · por el cual se modifica la estructura del Departamento Administrativo de Seguridad y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.