º. Los usuarios industriales de las Zonas Francas Industriales de Bienes y de Servicios que, en cumplimiento de contratos suscritos con personas naturales o jurídicas del exterior, desarrollen operaciones de perfeccionamiento activo, tendrán derecho a recibir Certificados de Reembolso Tributario CERT en las mismas condiciones establecidas para las demás exportaciones por las normas pertinentes. El CERT se liquidará sobre el valor agregado en Zona Franca, es decir sin incluir el valor de las materias primas que se involucren en el proceso de perfeccionamiento, aplicando el nivel fijado por el Gobierno Nacional a la subpartida arancelaria correspondiente.
Decreto 727 de 1997 →Vigente
Artículo 2
Los Usuarios Industriales De Las Zonas Francas Industriales De Bienes Y De Servicios Que, En Cumplimiento De Contratos Suscritos Con Personas Naturales O Jurídicas Del Exterior, Desarrollen Operaciones De Perfeccionamiento Activo, Tendrán Derecho A Recibir Certificados De Reembolso Tributario Cert En Las Mismas Condiciones Establecidas Para Las Demás Exportaciones Por Las Normas Pertinentes
Decreto 727 de 1997 · por el cual se modifica el Decreto 2233 de 1996.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.