°. Categorías. La Medalla Militar “Guardia de Honor de Colombia” del Ejército Nacional tendrá tres (03) Categorías, y se podrán conceder de la siguiente manera
Categoría “Honoraria”: – A los Oficiales de las armas y administrativos que sean ascendidos al grado de Brigadier General. – A los Suboficiales de las armas y administrativos que sean ascendidos al grado de Sargento Mayor de Comando y ostenten el cargo de Asesor de Comando del Ejército. Nacional. – A los Oficiales Extranjeros en servicio activo y particulares que hayan colaborado al prestigio y progreso de la Unidad o que por su posición oficial, jerarquía o méritos personales se hagan acreedores a la distinción. En forma póstuma al personal de oficiales, suboficiales, soldados profesionales de las Fuerzas Militares y personal militar Extranjero que en cumplimiento de una misión de operaciones especiales, sea muerto en combate o por acción directa del enemigo.
Categoría “Servicios Distinguidos”: – A los Oficiales, Suboficiales, Soldados Profesionales y Civiles al servicio de la Escuela de Fuerzas Especiales, que se hayan destacado por sus servicios eminentes a la Patria, compañerismo, disciplina, consagración al trabajo y sobresaliente desempeño durante su permanencia en la Unidad, durante un lapso no inferior a 18 meses exceptuando a los Oficiales Superiores, Sargentos Mayores y Sargentos Primeros los cuales deberán cumplir un lapso no inferior a 12 meses, y a los soldados profesionales y civiles que hayan prestado sus servicios a la Escuela de Fuerzas Especiales por un tiempo continuo igual o superior a cinco (05) años. – A los Oficiales, Suboficiales y Soldados Profesionales de unidades de Fuerzas Especiales, que hayan participado en operaciones de Fuerzas Especiales con excelentes resultados. – Al Comandante de la Escuela que en el desempeño de su cargo, habiendo mantenido un ejemplar e intachable desempeño, junto con sus realizaciones de sobresaliente beneficio para la Unidad; así como su celo por estrechar los lazos de compañerismo y solidaridad entre el personal bajo su mando. Esta será otorgada igualmente para el personal de Oficiales Ex directores, debiendo estar en servicio activo para la fecha de la imposición. – A Oficiales de las Fuerzas Militares en servicio activo, que hayan prestado distinguidos servicios a la Unidad y que por su jerarquía y mérito se hagan acreedores a la Medalla. – Al personal Particular y a entidades Oficiales o Particulares, que a consideración del Consejo de la Medalla se hagan merecedores a esta distinción por su decisiva colaboración y apoyo al cumplimiento de la misión de la Escuela de Fuerzas Especiales.
Categoría “Académica”: – A los alumnos que ocupen el primer puesto general en el desarrollo del Curso de Fuerzas Especiales.