Micelio

Artículo 156

Toda Sociedad Anónima Que Haya Obtenido La Valuación De Su Good-Will Por La Jefatura De Rentas E Impuestos Nacionales Deberá Registrar En Su Contabilidad Este Hecho, Creando Una Cuenta Activa Que Se Denominará "good-Will (Avalúo Oficial)", Con Su Correspondiente Cuenta Pasiva Que Podrá Llamarse "superávit Por Valuación Del Good-Will"

Decreto 2521 de 1950 · Por el cual se reglamenta el Capítulo 2° del Título 7° del Libro 2° del Código de Comercio, la Ley 58 de 1931, el artículo 40 de la Ley 66 de 1947 y las demás disposiciones legales vigentes sobre sociedades anónimas

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Toda sociedad anónima que haya obtenido la valuación de su good-will por la jefatura de rentas e impuestos nacionales deberá registrar en su contabilidad este hecho, creando una cuenta activa que se denominará "good-will (avalúo oficial)", con su correspondiente cuenta pasiva que podrá llamarse "superávit por valuación del good-will".

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2521 de 1950