Micelio

Artículo 1.7.6

Moneda Funcional

Decreto 1625 de 2016 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario en materia tributaria.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Moneda funcional. Cuando el contribuyente lleve su contabilidad en una moneda funcional diferente al peso colombiano, para efectos fiscales deberá tener a disposición de la administración tributaria, el detalle de la conversión de la moneda funcional al peso colombiano, de conformidad con lo establecido en el artículo 1.1.3 de este Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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