Micelio

Artículo 134

Ausencia Forzada E Involuntaria

Ley 2200 de 2022 · LEY 2200 DE 2022, 08/02/2022, Por la cual se dictan normas tendientes a modernizar la organización y el funcionamiento de los departamentos.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cuando exista certificación o hecho particular que aporte certeza de que el gobernador no pueda concurrir a desempeñar sus funciones por motivos ajenos a su voluntad, el Gobierno nacional a través del Ministerio del Interior declarará la vacancia temporal tan pronto tenga conocimiento del hecho, y designará a quien deba reemplazarlo. Acto administrativo que será comunicado a la asamblea departamental. Mientras el Gobierno nacional procede a la designación, el secretario de gobierno o quien haga las veces del mismo asumirá las funciones de gobernador.

Durante este término, el gobernador tendrá derecho a su remuneración y a los regímenes de prestaciones sociales y seguridad social.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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