Micelio

Artículo 9

La Junta Directiva Tendrá Por La Menos Dos (2) Reuniones Ordinarias En Cada Mes, Pero Extraordinariamente Se Reunirá Cuantas Veces Sea Convocada Por Su Presidente O Por El Gerente General De Puertos De Colombia

Decreto 730 de 1971 · Por el cual se aprueban los Estatutos de Puertos de Colombia

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º La Junta Directiva tendrá por la menos dos (2) reuniones ordinarias en cada mes, pero extraordinariamente se reunirá cuantas veces sea convocada por su Presidente o por el Gerente General de Puertos de Colombia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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