Art. 11. La propiedad literaria está sometida a las limitaciones impuestas a la prensa por el Art. 42 de la Constitución. También está limitado el derecho de propiedad literaria por la censura que, con arreglo a las leyes, pueda establecer el Gobierno respecto de representaciones dramáticas por motivos de moralidad pública y de honra nacional.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.