Micelio

Artículo 2.3.2.6.5

Vinculación

Decreto 1081 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Único del Sector Presidencia de la República.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Vinculación. La vinculación de los sujetos y colectivos en reincorporación y sus familias al Programa de Reincorporación Integral será • facultativa y atenderá en todos los casos al principio de voluntariedad. En este cometido, los sujetos y colectivos en reincorporación tendrán la libertad para decidir autónoma e independientemente y sin la mediación de un tercero ajeno a sus intereses, sobre su ingreso, permanencia y salida del Programa de Reincorporación Integral. Los sujetos, colectivos en reincorporación y demás destinatarios(as) del Programa que soliciten el retiro voluntario de este, sin el cumplimiento de los requisitos de salida establecidos por la Agencia para la Reincorporación y la Normalización bajo el lineamiento del Consejo Nacional de Reincorporación, serán excluidos(as) del mismo sin derecho a solicitar un segundo ingreso o a acceder a los beneficios previstos en el Programa de Reincorporación Integral.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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