Micelio

Artículo 21

Decreto 216 de 2003 · por el cual se determinan los objetivos, la estructura orgánica del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Subdirección Técnica de Parques . La Subdirección Técnica de Parques, tendrá las siguientes funciones

1.

Dirigir las actividades relacionadas con la prestación de servicios ecoturísticos en las áreas del Sistema de Parques Nacionales Naturales.

2.

Definir los criterios de calidad en la prestación de los servicios asociados al ecoturismo por parte de terceros y velar por su cumplimiento.

3.

Diseñar y apoyar la implementación de herramientas pedagógicas para la sensibilización social en torno a la conservación de las áreas protegidas.

4.

Dirigir y coordinar la implementación del servicio de Guardaparques Voluntarios como herramienta de apoyo a la gestión de las áreas que conforman el Sistema de Parques Nacionales Naturales.

5.

Adelantar el proceso de registro de las reservas naturales de la sociedad civil.

6.

Emitir conceptos técnicos para el trámite de licencias ambientales, permisos, concesiones, autorizaciones en las áreas del Sistema de Parques Nacionales Naturales.

7.

Diseñar y poner en marcha programas de prevención y atención de emergencias en las áreas del Sistema de Parques Nacionales Naturales en coordinación con las demás entidades del Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres.

8.

Administrar la red nacional de radiocomunicaciones de la Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales.

9.

Proponer estrategias y desarrollar metodologías para la valoración ecológica de la oferta de bienes y servicios ambientales en los territorios y con los actores sociales e institucionales que conforman regional y localmente sistemas de áreas protegidas.

10.

Las demás que le sean asignadas y que por su naturaleza le correspondan.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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