Micelio

Artículo 1

Decreto 1750 de 1951 · Por el cual se hace una modificación (Ministerio de Obras Públicas)

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La leyenda del Capítulo 116, artículo 1578, ordinal H), del Decreto número, 1281 de junio 6 de 1951 y la del artículo 3° del Decreto número 1416 de junio 25 de 1951 será la, siguiente: "Carretera Bogotá-Villavicencio -Sector K 20- Viílavicencio".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1750 de 1951