Micelio

Artículo 13

Decreto 1888 de 1994 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 100 de 1993

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Garantías de Rentabilidad Mínima. Las entidades administradoras de las reservas deberán exigir a las entidades contratistas el otorgamiento de garantías que aseguren la restitución de los fondos administrados y el pago de la rentabilidad mínima a que hace referencia el artículo anterior. El tipo de garantías admisible para estos efectos deberá ser aprobado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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