Micelio

Artículo 1

Ley 2 de 1874 · Por la cual se concede al Doctor Juan Manual Pérez, durante su enfermedad, la mitad del sueldo que le corresponde como Magistrado de la Corte Suprema Federal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único . En el caso de que el ciudadano Juan Manuel Pérez, actual Majistrado en propiedad de la Suprema Corte federal, no pueda, por consecuencia de sus males, continuar desempeñando las funciones de su empleo, trascurrido que sea el término de la licencia que se le ha concedido, gozará, durante el período constitucional para que ha sido nombrado, de la mitad del sueldo anual que le asigna la lei, pagadera por duodécimas partes mensuales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 2 de 1874