De los criterios de la cesación. La Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas y el Departamento Nacional de Planeación propondrán al Gobierno Nacional los criterios técnicos de valoración de la condición de vulnerabilidad y debilidad manifiesta, a través de los indicadores de goce efectivo de derechos básicos y restablecimiento económico y social.
Los criterios deben tener en cuenta las características particulares de los sujetos de especial protección constitucional.
(Decreto 4800 de 2011, artículo 80)