La Contraloría General de la República ejercerá la vigilancia de la gestión fiscal de la Corporación por medio de auditores de su dependencia y con aplicación de reglamentos especiales acordes con la índole de la entidad y el género de las actividades a ella encomendadas, de modo que dejan a salvo su autonomía administrativa, ajustándose a las normas reglamentarias y a los presentes estatutos.
Artículo 29
La Contraloría General De La República Ejercerá La Vigilancia De La Gestión Fiscal De La Corporación Por Medio De Auditores De Su Dependencia Y Con Aplicación De Reglamentos Especiales Acordes Con La Índole De La Entidad Y El Género De Las Actividades A Ella Encomendadas, De Modo Que Dejan A Salvo Su Autonomía Administrativa, Ajustándose A Las Normas Reglamentarias Y A Los Presentes Estatutos
Decreto 1890 de 1984 · Por el cual se aprueba el Acuerdo número 07 del 26 de enero de 1984, de la Junta Directiva de la CAR, contentivo de los estatutos de la Corporación
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.