Modifíquese el artículo 2° de la Ley 1465 de 2011 , el cual quedará así:
“Artículo 2º. El Sistema Nacional de Migraciones (SNM ,) tendrá como objetivo principal acompañar de manera consultiva al Gobierno nacional, en el diseño y ejecución de políticas públicas, planes, programas, proyectos y otras acciones encaminadas a fortalecer los vínculos del Estado con los colombianos retornados, colombianos en el exterior y extranjeros en Colombia en el desarrollo de la Política Integral Migratoria (PIM)”.