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Artículo 1.3.1.10.14

Contenido Del Certificado De Cumplimiento De Requisitos De Transporte Público O Particular De Carga -Creicarga

Decreto 1625 de 2016 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario en materia tributaria.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Contenido del certificado de cumplimiento de requisitos de transporte público o particular de carga -CREICARGA. La Certificación de cumplimiento de requisitos de transporte público o particular de carga -CREICARGA para el Registro Inicial de vehículo nuevo en reposición con exención del impuesto sobre las ventas -IVA, deberá contener como mínimo la siguiente información:

1.

Nombre, tipo y número de identificación del beneficiario o los beneficiarios.

2.

Domicilio, dirección y teléfono del beneficiario o los beneficiarios.

3.

Número de identificación y razón social de la entidad financiera y plazo para ejercer la opción de compra de leasing financiero, si la adquisición es a través de arrendamiento financiero o leasing.

4.

Número de la placa, configuración, marca, modelo, número de motor, número de chasis, peso bruto vehicular del vehículo objeto de Desintegración Física Total.

5.

Clase, configuración, marca, modelo, número de motor, número de chasis, peso bruto vehicular del vehículo nuevo que ingresa en reposición.

6.

La vigencia de la certificación de cumplimiento de requisitos de transporte públi­co o particular de carga -CREICARGA para el registro inicial de vehículo nuevo en reposición con exención del impuesto sobre las ventas -IVA. La vigencia del CREICARGA será hasta el momento de adquisición del bien o la máxima esta­blecida en el numeral 5 del artículo 477 del Estatuto Tributario, lo que suceda primero.

Parágrafo

En todo caso el certificado de cumplimiento de requisitos de transporte público o particular de carga -CREICARGA deberá indicar las características generales del vehículo o del chasis con motor y su carrocería adquirido individualmente, de conformidad con lo establecido en este artículo.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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