Micelio

Artículo 17

Inventario De Procesos Judiciales Y Reclamaciones De Carácter Laboral Y Contractual

Decreto 1899 de 2009 · por el cual se liquida la Unidad Nacional de Tierras Rurales.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Inventario de procesos judiciales y reclamaciones de carácter laboral y contractual. El Liquidador de la Entidad deberá presentar al Ministerio del Interior y de Justicia, dentro del mes siguiente a la expedición del presente decreto, un inventario de todos los procesos judiciales y demás reclamaciones en las cuales sea parte la Entidad, el cual deberá contener la información que establezca ese Ministerio.

Parágrafo 1

El archivo de procesos y de reclamaciones y sus soportes correspondientes será entregado al Ministerio del Interior y de Justicia debidamente inventariado con una técnica reconocida para tal fin, conjuntamente con una base de datos que permita su identificación adecuada.

Parágrafo 2

Con el propósito de garantizar la adecuada defensa judicial del Estado, el Liquidador de la Unidad Nacional de Tierras Rurales, como Representante Legal de la misma, continuará atendiendo, dentro del proceso de liquidación y hasta tanto se efectúe la entrega de los inventarios conforme a lo previsto en el presente decreto, los procesos judiciales y demás reclamaciones en curso o los que llegaren a iniciarse dentro de dicho término.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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