Micelio

Artículo 2

Decreto 1020 de 1950 · Por el cual se adscriben unas funciones. (Ramo de Carreteras Nacionales)

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. El Habilitado-Contador-Pagador y el Almacenista de la carretera Neiva-Palermo-Palmira harán entrega de los dineros, bienes y demás elementos a sil. cargo a ios correspondientes funcionarios de la Zona de Carreteras Nacionales de Neiva. quiénes responderán, en su orden, del-manejo de los fondos y elementos (¡lie reciban, con las mismas fianzas que tienen otorgadas a favor de la Nación para responder de los cargos que desempeñan en la Zona.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1020 de 1950