Micelio

Artículo 19

Término Para Resolver Las Solicitudes De Licencia Previa

Decreto 925 de 2013 · por el cual se establecen disposiciones relacionadas con las solicitudes de registro y licencia de importación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Término para resolver las solicitudes de licencia previa . De conformidad con lo establecido en el artículo 171 del Decreto 0019 de 2012, las entidades participantes en la VUCE deberán resolver las solicitudes de importación del régimen de licencia previa en un término no superior a tres (3) días hábiles contados a partir de la fecha de radicación en la entidad respectiva a través de la VUCE, siempre que el solicitante haya cumplido con el lleno de los requisitos. El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, una vez haya recibido las aprobaciones de todas las entidades participantes en la VUCE, deberá decidir las solicitudes de importación del régimen de licencia previa en un término no superior a un (1) día hábil. CAPÍTULO III Régimen de libre importación - registros de importación

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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