Micelio

Artículo 2

Ley 65 de 1924 · Por la cual se reforma la 72 de 1919 sobre asignaciones de los empleados nacionales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo 2º El personal del Consejo de Estado y de la Fiscalía del mismo, disfrutarán de las siguientes asignaciones mensuales:

Siete Consejeros, a cuatrocientos pesos ($ 400) cada uno.

Siete Auxiliares de los Consejeros, a ciento treinta pesos ($ 130) cada uno.

Dos Secretarios, a doscientos pesos ($ 200) cada uno.

Dos Oficiales Mayores, a ciento veinte pesos ($ 120) cada uno.

Dos Oficiales Primeros, a noventa pesos ($ 90) cada uno.

Dos Oficiales segundos, a setenta pesos ($ 70) cada uno.

Un Archivero, con noventa pesos ($ 90).

Un Oficia de Recibo, con setenta pesos ($ 70).

Un Portero, con sesenta pesos ($ 60).

El Fiscal, con trescientos pesos ($ 300).

El Escribiente del Fiscal, con cien pesos ($ 100).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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