Los Oficiales, actualmente en servicio, que no provienen de las Escuelas de Preparación para Oficiales, ni de las Universidades, o sean los Técnicos de la Fuerza Aérea y los de Clases y Auxiliares de la Armada, podrán ascender así:
Hasta el grado de Mayor, los Técnicos de la Fuerza Aérea; Hasta el grado de Teniente Primero, los de Clases de la Armada, y Hasta el grado de Capitán de Fragata, los Auxiliares de la misma Fuerza.