Ley 32 de 1903 · Sobre creación de Aduanas y en ejecución y desarrollo de los artículos 32, inciso 6o, y 37 del Código fiscal
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Art. 1° Autorízase al Gobierno para establecer en el punto que juzgue conveniente, á orillas del río Putumayo, una Oficina de Aduana encargada de recaudar los derechos de importación y de inspeccionar las exportaciones que se hagan por el territorio nacional del Caquetá.
Parágrafo
Esta Oficina se encargará también por medio de sucursales ó aduanillas, del recaudo de los derechos de importación en los demás ríos ó puntos fronterizos que fuere preciso vigilar para evitar el contrabando.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.