Recursos. Los recursos serán aportados en el año 1994 exclusivamente por la Nación, y en el año 1995 por cofinanciación de los entes territoriales en cuantías que no podrá ser inferiores en términos reales a la aportada por la Nación en el primer año.
Decreto 1135 de 1994 →Vigente
Artículo 20
Decreto 1135 de 1994 · por el cual se reglamenta parcialmente los artículos 257, 258, 259, 260, 261 y 262 de la Ley 100 de 1993
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.