Micelio

Artículo 32

Entrega De Documentación Y Archivos

Decreto 1292 de 2003 · por el cual se suprime el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, Incora y se ordena su liquidación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Entrega de documentación y archivos. El Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, Incora en liquidación, entregará un archivo plano con todos los datos necesarios donde se encuentre la nómina de pensionados, a la entidad administradora del Fondo de Pensiones Públicas del Nivel Nacional, Fopep, por lo menos con una antelación de quince (15) días calendario a la fecha en que se autorice el traslado al Fondo de Pensiones Públicas del Nivel Nacional, Fopep, y una vez se haya aprobado el cálculo actuarial del pasivo pensional correspondiente. Dichos archivos deberán ser actualizados para la fecha en la cual se empiecen a realizar los pagos por parte del Fondo. Los demás documentos y archivos magnéticos se deberán entregar a la Caja Nacional de Previsión Social, Cajanal, o a la entidad que haga sus veces. Para efectos de la organización, seguridad y debida conservación de los archivos, el Incora en Liquidación tomará las medidas pertinentes de acuerdo con las instrucciones que conjuntamente impartan los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Protección Social. De los archivos a que se ha hecho referencia, deberá entregarse una copia de seguridad al Ministerio de Hacienda y crédito Público y al Ministerio de Protección Social. Los archivos de las historias laborales de los ex trabajadores del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, Incora, serán entregados a la Caja Nacional de Previsión Social, Cajanal o a la entidad que haga sus veces, la cual será responsable de la custodia y del manejo de los mismos. La información restante, correspondiente a la nómina de pensionados, podrá ser verificada posteriormente, para lo cual el Incora en Liquidación deberá conservar a disposición de la entidad administradora del Fondo de Pensiones Públicas del Nivel Nacional, Fopep, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, o del Auditor que llegare a designar dicho Ministerio, todos los documentos y actos administrativos soporte de la nómina general de pensionados. El cálculo actuarial aprobado deberá guardar consonancia con los documentos soporte de todas las obligaciones pensionales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1292 de 2003