Micelio

Artículo 660

Decreto 1345 de 1970 · por el cual se codifican las normas sobre Procedimiento Penal.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Indagación preliminar. Recibida la denuncia o conocido de otro modo el hecho contravencional, la policía judicial dispone de un término de cinco días para adelantar diligencias de indagación, vencido el cual, remitirá la actuación al juez en el estado en que se encuentre.

El juez que ha de conocer de los hechos, podrá en cualquier momento, intervenir directamente o por medio de instrucciones escritas en las diligencias de indagación preliminar o realizarlas él mismo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1345 de 1970