Micelio

Artículo 12

Compensación Interbancario

Decreto 405 de 2001 · por el cual se reglamenta parcialmente el Libro VI del Estatuto Tributario.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Compensación interbancario . De conformidad con el numeral 6 del artículo 879 del Estatuto Tributario se entenderá como compensación interbancaria, todas aquellas operaciones contempladas en el artículo 1º del Decreto 1207 de 1996 y las disposiciones que lo modifiquen.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 405 de 2001