Establécese La Fiesta De La Agricultura, Que Se Celebrará Anualmente En La Ciudad Que Determine El Gobierno Nacional, De Acuerdo Con La Sociedad De Agricultores De Colombia
Decreto 669 de 1941 · Por el cual se reglamenta la Ley 51 de 1940, que establece la Fiesta de la Agricultura
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El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
° Establécese la Fiesta de la Agricultura, que se celebrará anualmente en la ciudad que determine el Gobierno Nacional, de acuerdo con la Sociedad de Agricultores de Colombia.
Parágrafo
La Fiesta de la Agricultura del presente año, y la del año de 1942,se llevarán a cabo en la ciudad de Palmira (Departamento del Valle), en el mes de octubre, y a la fecha lude termine la Junta Organizadora de la Exposición.
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.