Micelio

Artículo 7

Ley 91 de 1965 · Por la cual se financia la construcción del Palacio Departamental del Valle del Cauca y del Palacio Municipal de Cali, y se dictan otras disposicionesDeclarado

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La totalidad del producto de la estampilla a que se refiere esta Ley, se destinará:

a)

Los fondos recaudados en las respectivas dependencias departamentales a la construcción del Palacio Departamental del Valle del Cauca, y

b)

Los fondos recaudados en las respectivas dependencias municipales de Cali, que incluye a las Empresas Municipales, a la construcción del Palacio Municipal de Cali.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 91 de 1965