Ley 91 de 1965 · Por la cual se financia la construcción del Palacio Departamental del Valle del Cauca y del Palacio Municipal de Cali, y se dictan otras disposicionesDeclarado
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
La totalidad del producto de la estampilla a que se refiere esta Ley, se destinará:
a)
Los fondos recaudados en las respectivas dependencias departamentales a la construcción del Palacio Departamental del Valle del Cauca, y
b)
Los fondos recaudados en las respectivas dependencias municipales de Cali, que incluye a las Empresas Municipales, a la construcción del Palacio Municipal de Cali.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.