La Junta Directiva del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar se compondrá de once (11) miembros, y estará integrada así
El presidente del instituto;
El ministro de Salud pública, o su delegado;
El ministro de justicia, o su delegado;
El ministro de educación Nacional, o su delegado;
Un experto en ciencias sociales, designado por la conferencia episcopal, o, en su defecto, por el señor arzobispo de Bogotá;
El director de la Policía Nacional, o su delegado;
Dos expertos en problemas relacionados con la asistencia y protección del menor y de la familia;
Un experto en problemas relacionados con nutrición y alimentación;
Un senador y un representante, miembros de la Comisión quinta del Senado y de la Cámara de Representantes, designados por la respectiva comisión;
Los miembros de la Junta Directiva a que se refieren los literales g ) y h), serán designados por el presidente de la República, de listas que formaran los establecimientos públicos y privados y las organizaciones de voluntariado consagradas a esos mismos objetivos, de conformidad con las normas señaladas en el Decreto 398 de 1969.