Será una dependencia de la Secretaría General. Sus funciones serán las siguientes: Elaborar para el personal que trabaja en el Ministerio de Salud los proyectos de providencias sobre nombramientos, promociones, traslados y demás aspectos relacionados con la administración de personal, siguiendo los trámites reglamentarios, y hacer cumplir las disposiciones y gentes sobre reclutamiento, clasificación y calificaciones requeridas para el desempeño de los cargos. Asimismo, de común acuerdo por el Departamento Administrativo del Servicio Civil, elaborar las normas sobre administración de personal y velar por su cumplimiento. De la Sección de Servicios Generales.
Decreto 2470 de 1968 →Vigente
Artículo 12
Será Una Dependencia De La Secretaría General
Decreto 2470 de 1968 · Por el cual se reorganiza el Ministerio de Salud Pública
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.