Artículo dieciocho. Ejecutoriado el auto por medio del cual se procede de oficio, o el que admite la queja, si se comprobaren violaciones a lo establecido en el presente Decreto, se dictará resolución motivada en la que se determinarán las sanciones correspondientes, en caso contrario, se ordenará archivar el expediente.
Decreto 1193 de 1976 →Vigente
Artículo 18
Decreto 1193 de 1976 · Por el cual se reglamenta la Ley 48 de 1946
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.