Micelio

Artículo 16

Decreto 2193 de 1989 · Por el cual se reorganiza la Academia y Centros Docentes del Departamento Administrativo de Seguridad.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

INGRESO DE FUNCIONARIOS PÚBLICOS NACIONALES O EXTRANJEROS. Previo convenio del Departamento con entidades públicas nacionales o con gobiernos extranjeros, podrán ingresar a la Academia Superior de Inteligencia y Seguridad Pública o a las Escuelas Regionales los funcionarios nacionales o extranjeros que requieran formación básica o especializada como detectives o criminalísticos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2193 de 1989