°. Las facultades concedidas o delegadas a la extinguida Dirección General de Prisiones, serán ejercidas en lo sucesivo por el Ministerio de Gobierno, el cual despachará los asuntos concernientes a dicho ramo por conducto de las respectivas Secciones, según los reglamentos y decretos orgánicos pertinentes.
Decreto 886 de 1925 →Vigente
Artículo 1
Las Facultades Concedidas O Delegadas A La Extinguida Dirección General De Prisiones, Serán Ejercidas En Lo Sucesivo Por El Ministerio De Gobierno, El Cual Despachará Los Asuntos Concernientes A Dicho Ramo Por Conducto De Las Respectivas Secciones, Según Los Reglamentos Y Decretos Orgánicos Pertinentes
Decreto 886 de 1925 · Por el cual se dictan algunas providencias relacionadas con el ramo de Prisiones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.