Micelio

Artículo 1

Las Facultades Concedidas O Delegadas A La Extinguida Dirección General De Prisiones, Serán Ejercidas En Lo Sucesivo Por El Ministerio De Gobierno, El Cual Despachará Los Asuntos Concernientes A Dicho Ramo Por Conducto De Las Respectivas Secciones, Según Los Reglamentos Y Decretos Orgánicos Pertinentes

Decreto 886 de 1925 · Por el cual se dictan algunas providencias relacionadas con el ramo de Prisiones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Las facultades concedidas o delegadas a la extinguida Dirección General de Prisiones, serán ejercidas en lo sucesivo por el Ministerio de Gobierno, el cual despachará los asuntos concernientes a dicho ramo por conducto de las respectivas Secciones, según los reglamentos y decretos orgánicos pertinentes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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